Condiciones generales de contratación (CGC) de Hammelmann GmbH

 
 

A Disposiciones generales


I. Alcance de las condiciones generales

1. Nosotros, Hammelmann GmbH, celebramos contratos exclusivamente de acuerdo con nuestras siguientes Condiciones Generales de Contratación. Éstas se aplicarán a todos los suministros, montajes y otras prestaciones, también en el futuro, aunque no se hayan acordado expresamente de nuevo. Cualquier disposición que se desvíe del contenido de estas Condiciones Generales requerirá nuestra confirmación por escrito. Las condiciones comerciales del Comprador que no reconozcamos por escrito no serán vinculantes para nosotros. No será necesaria una contradicción expresa.
2. Los acuerdos individuales con el Comprador -si se han realizado por escrito- tendrán prioridad sobre las condiciones generales. Las declaraciones y notificaciones legalmente relevantes que el Comprador deba remitirnos tras la celebración del contrato (por ejemplo, plazos, notificaciones de defectos) también deberán realizarse por escrito. La forma escrita se conservará mediante la forma textual.

II. Ofertas, alcance de suministro / servicio

1. Nuestras ofertas no son vinculantes.
2. La documentación relacionada con nuestros presupuestos, como ilustraciones, dibujos, detalles de peso y medidas, sólo se aplicarán como aproximaciones, a menos que las designemos expresamente como vinculantes. Asimismo, nos reservamos la titularidad y los derechos de autor sobre los presupuestos, dibujos y demás documentación, así como sobre los datos, independientemente de su forma de expresión. Estos documentos no podrán ser divulgados a terceros sin nuestro consentimiento.
3. Nuestra confirmación de pedido se aplicará como único factor decisivo para el alcance de la entrega y/o montaje. Se admitirán entregas y servicios parciales si ello es razonable para el Comprador.
4. El cliente sólo podrá ceder sus derechos frente a nosotros con nuestro consentimiento. Esto no se aplicará a los derechos de pago del cliente frente a nosotros.

III. Precios y condiciones de pago

1. Los precios se entienden como precios netos más el impuesto sobre el valor añadido. Los precios de los portes se aplicarán, salvo que se acuerde otra cosa, franco fábrica sin embalaje y, en el caso de entregas en el extranjero o a una filial extranjera del Comprador, franco fábrica (EXW) Incoterms 2020.
2. Se permitirán ajustes de precios si la entrega/servicio se realiza más de cuatro meses después de la celebración del contrato y acreditamos los correspondientes incrementos de costes.
3. El ejercicio de los derechos de compensación o de retención por parte del cliente sólo está permitido en caso de créditos indiscutibles o determinados legalmente.

IV. Plazo de entrega / plazo de servicio

1. Se aplicarán los plazos acordados con el cliente en la confirmación del pedido o en cualquier otro lugar. El cumplimiento de estos plazos presupone también la pronta recepción de toda la documentación a entregar por el Comprador, así como el cumplimiento de las condiciones de pago y demás obligaciones acordadas. Si estas condiciones previas no se cumplen puntualmente, el plazo se prorrogará por el periodo de demora.
2. En el caso de las entregas, se considerará que se ha respetado el plazo cuando el envío listo para su uso se expida o recoja dentro de dicho plazo. Si la entrega se retrasa por causas imputables al Comprador, el plazo se considerará cumplido con la notificación de la disponibilidad de envío dentro del plazo acordado. Si la mercancía lista para el envío no se retira por causas imputables al Comprador, tendremos derecho a cobrar una tasa de almacenamiento del 1% del importe neto de la factura por cada mes comenzado, pero con un máximo del 5% del valor neto de la mercancía. Queda reservada la afirmación de un importe de coste superior. Los plazos de montaje acordados se prolongarán por cualquier tiempo de inactividad o espera del que no seamos responsables.
3. Si nos viéramos perjudicados en el cumplimiento de nuestras obligaciones debido a la aparición de circunstancias imprevisibles y extraordinarias que no pudiéramos evitar a pesar de una diligencia razonable, independientemente de que se produjeran en nuestra planta o en la planta de nuestro subproveedor -por ejemplo, interrupciones operativas, intervenciones oficiales, retrasos en la entrega a nosotros de materias primas esenciales y materiales de construcción, dificultades en el suministro de energía, situaciones de pandemia-, entonces si la entrega o el servicio se hacen imposibles debido a ello, el plazo se ampliará por el periodo del impedimento. Si las circunstancias mencionadas nos impiden cumplir con nuestras obligaciones, quedaremos liberados de nuestra obligación.
4. En caso de huelga o cierre patronal, el plazo de entrega o prestación también se prorrogará por un periodo adecuado. También en este caso quedaremos eximidos de nuestra obligación de cumplir el contrato si la entrega o la prestación resultan imposibles.
5. Si el plazo de entrega o de prestación de servicios se prolonga en los casos anteriores por un periodo injustificadamente largo, el Comprador tendrá derecho a rescindir el Contrato. Queda excluida la reclamación de indemnizaciones por daños y perjuicios.
6. Si se produjeran las circunstancias mencionadas en el Comprador, también se aplicarán las mismas consecuencias jurídicas a su obligación de aceptación.
7. Ambas partes contractuales estarán obligadas a notificar inmediatamente a la otra parte cualquier interrupción de la prestación.

V. Limitaciones de responsabilidad, indemnización

1. Las siguientes limitaciones se aplicarán a nuestra responsabilidad contractual y extracontractual, así como a la responsabilidad por culpa en la celebración del contrato. La carga de la prueba de la limitación de responsabilidad o de los hechos que justifiquen una exclusión de responsabilidad recaerá sobre nosotros.
2. No seremos responsables de incumplimientos por negligencia leve de obligaciones contractuales no materiales. En caso de incumplimiento por negligencia leve de obligaciones contractuales materiales, las reclamaciones de indemnización se limitarán a los daños contractuales típicos y previsibles. En caso de incumplimiento por negligencia grave de obligaciones contractuales no materiales, seremos responsables de los daños contractuales típicos y previsibles.Se considerarán obligaciones contractuales materiales aquellas cuyo cumplimiento sea un requisito previo para la debida y correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento pueda confiar el Comprador.
3. La limitación de la responsabilidad no se aplicará en la medida en que seamos responsables de daños a la vida, la integridad física o la salud.
4. Las reclamaciones del Comprador en virtud de la Ley de responsabilidad por productos defectuosos no se verán afectadas por las limitaciones de responsabilidad anteriormente mencionadas.

VI. Lugar de cumplimiento, fuero competente, derecho aplicable

1. El lugar de cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la relación contractual será Oelde.
2. El tribunal competente para todos los litigios derivados de la relación contractual, siempre que el cliente sea un empresario, una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público, será Oelde. No obstante, podremos acudir libremente al tribunal competente de la sede del comprador.
3. Se aplicará exclusivamente el derecho alemán. Queda excluida la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías de 11 de abril de 1980 (Convención de la ONU).

VII. Protección de datos

Se aplicarán las advertencias sobre protección de datos de nuestra página web www.hammelmann.com/privacy .


B Disposiciones específicas para las entregas


I. Envío y transferencia del riesgo

1. El riesgo se transfiere al comprador con el envío. En caso de que el envío se retrase por razones que entren en el ámbito de influencia del Comprador o de sus auxiliares, el riesgo se transferirá entonces al Comprador en la fecha de notificación de la disponibilidad para el envío. El lugar de entrega será Oelde.
2. No estamos obligados a asegurar la mercancía contra daños de transporte. El seguro sólo se suscribirá a petición escrita del Comprador y previo pago por adelantado.

II. Reserva de propiedad

1. Nos reservamos la propiedad de la mercancía suministrada hasta la recepción del pago íntegro del precio acordado, incluidos todos los créditos derivados de la relación comercial y los créditos futuros, así como hasta el reembolso de letras de cambio y cheques.
2. El Comprador tendrá derecho a realizar una reventa como parte de una transacción comercial debida y correcta. El Comprador nos cederá ya sus créditos derivados de la reventa de la mercancía bajo reserva de propiedad, en particular los créditos de pago frente a sus clientes. Aceptaremos esta cesión. El Comprador estará obligado a notificar la cesión a sus deudores a petición nuestra. Se nos comunicarán los posibles créditos y los nombres de los deudores del Comprador.
3. El Comprador tendrá derecho a cobrar los créditos derivados de la reventa. En caso de demora en el pago o si tenemos conocimiento de circunstancias que, según nuestra valoración comercial, reduzcan la solvencia del Comprador, tendremos derecho a revocar el derecho de cobro.
4. El tratamiento y la transformación de la mercancía sujeta a reserva de dominio serán realizados por nosotros como fabricante en el sentido del artículo 950 del Código Civil alemán (BGB). Si la mercancía sujeta a reserva de dominio se transforma o mezcla con otros artículos de los que no somos propietarios, adquiriremos la copropiedad del nuevo artículo en proporción al valor neto de factura de la mercancía sujeta a reserva de dominio y al valor neto de factura de los demás artículos utilizados en el momento de la transformación o mezcla.
5. No se admitirá la cesión en garantía de la mercancía de la que seamos propietarios. En caso de que terceros accedan a la mercancía sujeta a reserva de dominio, en particular embargos, el Comprador deberá hacer referencia a nuestra titularidad sobre la mercancía e informarnos de ello inmediatamente mediante el envío de una copia del acta de embargo.
6. En caso de que el Comprador actúe de forma contraria a sus obligaciones contractuales, tendremos derecho a rescindir el contrato y exigir la devolución de los bienes que le hayamos entregado.

III. Derechos del Comprador en caso de defectos

1. Las reclamaciones del Comprador por defectos presuponen que el objeto de entrega no tiene la calidad acordada contractualmente o, si ésta no se acordó, no es apto para el uso previsto en el contrato o para su uso habitual. En el caso de objetos de entrega fabricados sobre la base de un dibujo, el objeto de entrega estará libre de defectos si se corresponde con el dibujo aprobado por el Comprador.
2. En caso de entrega de aparatos usados, no asumiremos ninguna garantía por defectos.
3. Por la presente cedemos al cliente nuestros derechos frente a proveedores de productos esenciales ajenos. El Comprador sólo podrá exigirnos responsabilidad (judicial) por defectos en productos esenciales de terceros si una reclamación extrajudicial previa contra los terceros proveedores no ha prosperado.
4. En caso de notificación justificada de defectos, tendremos derecho, dentro de un plazo razonable y a nuestra discreción, a reparar el defecto o a entregar una prestación suplementaria. Si fracasa el cumplimiento adicional, el Comprador podrá reducir el precio o -si el incumplimiento contractual no es meramente leve- desistir del contrato. Si el Comprador desiste del Contrato, deberá devolvernos el objeto de la entrega y -con independencia de otras reclamaciones- deberá abonar una cantidad razonable al nivel del alquiler habitual por el tiempo de uso. Cualquier otra reclamación legal no se verá afectada.
5. Quedan excluidos los derechos del cliente derivados de los costes necesarios para el cumplimiento adicional, en particular los gastos de transporte y de viaje, así como los costes de trabajo y de material, si estos gastos aumentan debido a que el objeto de suministro ha sido enviado posteriormente por el cliente o por un tercero a un lugar distinto del lugar de suministro, a menos que el traslado se corresponda con el uso previsto del objeto de suministro y haya sido acordado con nosotros en el momento de la celebración del contrato. En el marco de la prestación suplementaria, todos los gastos de transporte incurridos serán asumidos por el Comprador.
6. En caso de devolución del objeto de suministro, el Comprador nos abonará una compensación por uso. Esta se determinará en función del importe de alquiler habitual.
7. Los derechos del comprador prescribirán a los 12 meses. Esto no se aplicará si la ley del Código Civil alemán en las Secciones 438 Para. 1, nº 2, 479 Para. 1 y 634a Párr. 1, No.2, prescribe plazos más largos, específicamente para edificios y objetos utilizados para edificios, reclamaciones de recurso y defectos estructurales.
8. Las reclamaciones de indemnización por defectos se limitarán de la siguiente manera: No seremos responsables del incumplimiento por negligencia leve de obligaciones contractuales no materiales. Nuestra responsabilidad por daños consecuenciales debidos a defectos quedará excluida salvo en caso de dolo, negligencia grave o incumplimiento de obligaciones contractuales materiales. En la medida en que seamos responsables de daños consecuenciales debidos a defectos, la responsabilidad se limitará a los daños previsibles y no atribuibles a circunstancias extraordinarias. Se considerarán obligaciones contractuales esenciales aquellas cuyo cumplimiento sea un requisito previo para la debida y correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento pueda confiar el Comprador. La carga de la prueba de los hechos que justifiquen una limitación de responsabilidad recaerá sobre nosotros.
9. Las reclamaciones del Comprador derivadas de menoscabos físicos o de salud o de la pérdida de la vida del Comprador o de sus agentes auxiliares que nos sean imputables no estarán restringidas por la limitación de responsabilidad antes mencionada. Las reclamaciones del Comprador derivadas de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos y las reclamaciones derivadas de una garantía otorgada por nosotros, así como cualquier ocultación fraudulenta de un defecto, no se verán afectadas por la presente. Para estas reclamaciones se aplicarán los plazos de prescripción legales.


C. Condiciones específicas para los montajes


I. Cooperación del Comprador

1. El Comprador facilitará todas las autorizaciones oficiales necesarias, en particular las autorizaciones especiales para situaciones de riesgo específicas y para el trabajo en domingos y festivos. Asimismo, nos informará puntualmente de cualquier normativa aplicable en materia de visados y vacunación.
2. El Comprador informará a nuestro jefe de montaje, antes del inicio de los trabajos, de cualquier disposición de seguridad específica y de las zonas de peligro.
3. A más tardar el primer día de montaje, el Comprador asignará una persona de contacto que será responsable de nuestro personal.
4. El Comprador adoptará las medidas específicas necesarias para proteger al personal y los materiales en el lugar de montaje. Asimismo, atenderá cualquier solicitud razonable de nuestro personal en relación con medidas de seguridad adicionales. Si no se dispusiera de ellas, nuestro personal tendrá derecho a interrumpir el trabajo.
5. Si se ha acordado la puesta a disposición de personal auxiliar, el Comprador pondrá a su disposición personal debidamente cualificado. Estas personas deberán cumplir las instrucciones de nuestro jefe de montaje. No asumiremos ninguna responsabilidad por la mano de obra puesta a disposición por el Comprador.
6. Una vez finalizado el montaje, el cliente deberá crear las condiciones necesarias para realizar una prueba de funcionamiento. Si esto no fuera posible por parte del Comprador, se facturarán los gastos de desplazamiento adicionales en caso de posibles retoques.

II. Trabajos preparatorios, asistencia técnica

1. El cliente deberá crear las condiciones previas para que el montaje se inicie sin contratiempos: los elementos necesarios y los trabajos previos (equipamiento y montaje) deberán estar finalizados en la medida de lo posible para que el montaje pueda comenzar con la llegada de nuestro personal.
2. Si viajamos directamente en coche desde Oelde, llevaremos con nosotros todas las herramientas estándar y de mano necesarias. En caso contrario, sin acuerdo por separado, el Comprador proporcionará todas las herramientas habituales, como herramientas estándar, equipos de elevación, andamios y dispositivos de soldadura. El Comprador proporcionará y garantizará la energía y las herramientas, así como cualquier otro apoyo técnico que se indique en nuestra confirmación de pedido.
3. El Comprador proporcionará posibilidades de lavado e instalaciones sanitarias. También deberá proporcionar instalaciones de primeros auxilios para el personal de montaje. El Comprador nos proporcionará un local con cerradura para nuestros bienes utilizados durante el montaje. Asimismo, garantizará la existencia de una póliza de seguros adecuada.
4. La asistencia técnica acordada deberá permitirnos, en particular, iniciar el montaje inmediatamente después de la llegada de nuestro personal y sin demoras hasta que pueda realizarse la aceptación o la finalización.

III. Prestación sustitutoria, tiempo de espera

1. Si el Comprador no cumple con sus obligaciones de conformidad con las cláusulas C I y/o C II anteriores, estaremos facultados, pero no obligados, a realizar en su nombre y a su costa las acciones que incumben al Comprador, previa notificación y habiendo fijado un plazo de prórroga razonable.
2. El Comprador asumirá los costes que se deriven de los tiempos de espera de nuestro personal. Esto no se aplicará si somos responsables de los tiempos de espera. Los tiempos de espera se facturarán con la misma tarifa que los tiempos de montaje.

IV. Responsabilidad por defectos

1. El Comprador deberá notificarnos inmediatamente cualquier defecto identificado.
2. Las reclamaciones de indemnización por defectos se limitarán de la siguiente manera: No responderemos por el incumplimiento por negligencia leve de obligaciones contractuales no materiales por nuestra parte o por parte de nuestro personal. Nuestra responsabilidad por daños consecuenciales quedará excluida salvo en caso de dolo, negligencia grave o incumplimiento de obligaciones contractuales materiales. Se considerarán obligaciones contractuales esenciales aquellas cuyo cumplimiento sea un requisito previo para la debida y correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento pueda confiar el Comprador. En la medida en que seamos responsables de daños consecuentes, la responsabilidad se limitará a los daños previsibles y no atribuibles a circunstancias extraordinarias. Las mismas limitaciones de responsabilidad se aplicarán al personal empleado por nosotros. La inversión de la carga de la prueba no se vinculará a las anteriores limitaciones de responsabilidad.

V. Registro de prestaciones, facturación y precios

1. El Comprador certificará las horas de trabajo y el rendimiento laboral de nuestro personal. Una vez finalizado el montaje, deberá entregarnos un certificado de entrega.
2. El montaje se facturará por horas y costes. En principio, las tarifas están incluidas en nuestra confirmación de pedido.
3. Si nuestro personal no pudiera iniciar el montaje por causas ajenas a nuestra responsabilidad o si el montaje se viera interrumpido por causas ajenas a nuestra responsabilidad, nuestro personal tendrá derecho, transcurrido un plazo razonable, a abandonar el emplazamiento del Comprador por cuenta de éste y a regresar posteriormente al lugar de montaje para el inicio/continuación del montaje. El Comprador asumirá los costes asociados (gastos de viaje de llegada y salida).


D Condiciones de la garantía


I. Requisitos previos de la garantía, duración

1. Garantizamos, además de la responsabilidad legal por defectos y por encima de esta durante un periodo de 24 meses después de la puesta en marcha, sin embargo, durante un máximo de 30 meses después de la entrega o 4.000 horas de funcionamiento para bombas de alta presión y grupos de bombeo, que estos están libres de defectos de material y de procesamiento. La garantía cubre además el correcto y adecuado montaje, si este también ha sido encargado por el Comprador.
2. Para hacer valer sus derechos de garantía, el Comprador deberá registrar el producto suministrado en nuestro portal http://portal.hammelmann.com en un plazo de seis meses a partir de la puesta en servicio. Los productos no registrados no estarán protegidos por la garantía.

II. Alcance de la garantía

1. La garantía cubrirá todas las piezas fabricadas por nosotros. Para los componentes y dispositivos que hayamos adquirido a terceros proveedores -por ejemplo, motores diesel y eléctricos, componentes hidráulicos, bombas de presión previa- se aplicará la responsabilidad por defectos o la garantía del fabricante. No obstante, garantizaremos la instalación impecable de los dispositivos y componentes de terceros proveedores. El servicio de garantía debe solicitarse a través de la solicitud de garantía actual.
2. En una solicitud de garantía decidiremos entre una reparación y una sustitución. En este sentido, la reparación incluirá el cambio de las piezas defectuosas, incluida la instalación. El Comprador asumirá los costes específicos de cualquier desmontaje y reinstalación complicados. Descargue aquí.
3. Nosotros asumiremos los gastos de transporte de las piezas cambiadas o sustituidas (por el medio de envío más económico hasta el lugar de destino), así como los gastos de envío fuera de Europa hasta el puerto marítimo o aeropuerto más cercano.
4. Autorizaremos al Comprador a realizar la reparación o el cambio de las piezas defectuosas de forma autónoma y, en este caso, previa aprobación, le reembolsaremos los gastos asociados en los que haya incurrido tras la recepción de una factura. Las piezas defectuosas deberán ser devueltas a nosotros. También tendremos derecho a verificar la reparación. A tal efecto y previo acuerdo, el Comprador deberá permitirnos el acceso a sus instalaciones comerciales durante el horario laboral habitual.
5. Para las piezas fabricadas por nosotros e instaladas como parte de un intercambio, se aplicará una nueva garantía de 2.000 horas de funcionamiento, como máximo, sin embargo, durante un periodo de 12 meses tras la instalación.


III. Exclusión de la garantía, costes a cargo del Comprador

1. La garantía no cubre las piezas de desgaste.
2. La garantía no será válida en caso de incumplimiento por parte del comprador de las instrucciones de uso y mantenimiento, en caso de instalación incorrecta del objeto de garantía en un aparato del comprador o de un tercero, o en caso de utilización de accesorios, herramientas o piezas de recambio inadecuados.
3. El Comprador asumirá los costes derivados del montaje y desmontaje de los aparatos en los que se haya incorporado nuestro producto.
4. El Comprador asumirá los costes de transporte del aparato en el que se haya instalado o montado nuestro producto. Deberá poner a disposición el artículo en garantía para la realización de los trabajos de reparación en Oelde, o en otro lugar acordado conjuntamente. En relación con la entrega de los artículos de sustitución, el Comprador asumirá cualquier coste adicional si elige un método de envío más caro, costes de importación incluyendo aduanas, flete interior, etc. Los gastos de desplazamiento fuera de Oelde correrán también a cargo del comprador. El Comprador también asumirá los gastos por horas extraordinarias y cualquier coste adicional por trabajos realizados entre las 20:00 horas y las 07:00 horas y los sábados, domingos y festivos.

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